Derecho de Acceso
Fecha actualización: julio 2024
Derecho de Acceso
El órgano competente para velar por el derecho de acceso a la información es la Junta de Gobierno de la Asociación a través de su Secretario.
La AAFC pone a disposición de la ciudadanía los siguientes medios para garantizar el acceso a la información:
- PRESENCIALMENTE: Acudiendo a nuestra sede en la Calle Olof Palme nº43 2ºA Las Palmas de Gran Canaria.
- TELEFÓNICAMENTE: 928 22 70 64 / 928 27 82 92
- SOLICITUD MEDIANTE CORREO ELECTRÓNICO a: asociacion@asesoresfiscalesdecanarias.org
- UTILIZANDO EL FORMULARIO PARA EL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA.
EN VIRTUD DEL ARTÍCULO 41.4 DE LA LEY 12/2014, DE 26 DE DICIEMBRE, DE TRANSPARENCIA Y DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, EL SOLICITANTE NO ESTÁ OBLIGADO A MOTIVAR SU SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN. NO OBSTANTE PODRÁ EXPONER LOS MOTIVOS POR LOS QUE SOLICITA LA INFORMACIÓN Y TALES MOTIVOS PODRÁN SER TENIDOS EN CUENTA CUANDO SE DICTE LA RESOLUCIÓN. LA AUSENCIA DE MOTIVACIÓN NO SERÁ POR SÍ SOLA CAUSA DE RECHAZO DE LA SOLICITUD.
INTERPONIENDO RECLAMACIÓN EN MATERIA DE TRANSPARENCIA AL COMISIONADO DE TRANSPARENCIA DE CANARIAS
ESTADÍSTICAS DE ACCESO
La AAFC, durante el año 2022, no ha efectuado ninguna resolución denegatoria de acceso a la información como estipula el artículo 14 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
No se ha producido durante el año 2022, ninguna solicitud de información según lo estipulado en el artículo 33 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública.