Económica Financiera

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Fecha actualización: julio 2023

Recursos Económicos

Los recursos económicos que obtenga la Asociación y que serán considerados como ingresos necesarios para el cumplimiento de sus fines podrán proceder de:

  1. Las cantidades recaudadas en concepto de cuotas ya sean ordinarias o extraordinarias
  2. Los productos y rentas de bienes, intereses de sus cuentas bancarias, o de entidades de crédito y ahorro y los demás productos financieros.
  3. Las donaciones, subvenciones, legados y herencias y colaboraciones de personas o entidades públicas o privadas que reciba.
  4. Los derechos, tasas, exenciones, etc. que sean legalmente reconocidos.
  5. El producto de la edición de las publicaciones de la Asociación, y en general, cualquier otro recurso obtenido de conformidad con las disposiciones legales.
  6. Los Asociados abonarán una cuota mensual para el sostenimiento de la Asociación. Los nuevos Asociados abonarán una cuota inicial y ambas cuotas serán fijadas por la Asamblea General a propuesta de la Junta de Gobierno. En relación con el abono de la cuota inicial, podrá ser fraccionada en dos o más mensualidades a propuesta de la Junta de Gobierno.
  7. La cuota inicial para hijos de Asociados, en los casos en que se produzca la jubilación o fallecimiento de estos, será del 50% de la fijada anteriormente por la Asamblea General.
  8. Los ingresos obtenidos por las publicaciones o ediciones de la Asociación;
  9. Los ingresos obtenidos por los productos o servicios que la Asociación preste o facilite a sus Asociados o a otros profesionales;
  10. Los ingresos obtenidos por la participación o colaboración establecida entre la Asociación y cualesquiera entidades públicas o privadas para la prestación de servicios o desarrollo de productos susceptibles de explotación económica, en cualquiera de sus formas y concretamente los de formación y compensaciones por patrocinio que reciba la misma.
  11. Los ingresos por alquiler de los bienes propiedad de la Asociación si procediera.
  12. Del Patrimonio de la Asociación: El Patrimonio de la Asociación, estará integrado por:

12.1 Los bienes y derechos que actualmente posee y los que adquiera en lo sucesivo.

12.2 Las acciones y títulos representativos del capital de empresas públicas y privadas y las obligaciones y títulos análogos de los que la Asociación sea titular, así como los derechos de propiedad incorporados que tuviere.

12.3. Los derechos reales de los que la Asociación sea titular así como aquellos de cualquier naturaleza que se deriven del dominio que respectivamente ejerzan sobre sus bienes patrimoniales. La titularidad del patrimonio quedará debidamente registrada ante los organismos competentes, mediante la correspondiente inscripción que se instará obligatoriamente por la Junta de Gobierno.

El inventario de los bienes y derechos propiedad de la Asociación, clasificados y valorados económicamente, será actualizado cada año y aprobado por la Junta de Gobierno dando conocimiento del mismo a la Asamblea General.

La Asociación en la Asamblea General Ordinaria de carácter anual mantiene informados a sus asociados/as de los detalles económicos:

  • Información presupuestaria y contable de la Asociación
  • Cuentas anuales (balance, cuenta de resultado económico-patrimonial o cuenta de pérdidas y ganancias, memoria y, en su caso, liquidación del Presupuesto)

 

 

Para más información puede acceder al apartado derecho de acceso y solicitar a través del formulario de Solicitud de derecho de acceso a la información pública 

FORMULARIO DERECHO DE ACCESO