Económico Financiero
RECURSOS
ECONÓMICOS
Los
recursos económicos que obtenga la Asociación y que serán considerados como
ingresos necesarios para el cumplimiento de sus fines podrán proceder de:
- Las cantidades recaudadas en concepto
de cuotas ya sean ordinarias o extraordinarias
- Los productos y rentas de
bienes, intereses de sus cuentas bancarias, o de entidades de crédito y
ahorro y los demás productos financieros.
- Las donaciones, subvenciones,
legados y herencias y colaboraciones de personas o entidades públicas o
privadas que reciba.
- Los derechos, tasas,
exenciones, etc. que sean legalmente reconocidos.
- El producto de la edición de
las publicaciones de la Asociación, y en general, cualquier otro recurso
obtenido de conformidad con las disposiciones legales.
- Los Asociados abonarán una
cuota mensual para el sostenimiento de la Asociación. Los nuevos Asociados
abonarán una cuota inicial y ambas cuotas serán fijadas por la Asamblea
General a propuesta de la Junta de Gobierno. En relación con el abono de
la cuota inicial, podrá ser fraccionada en dos o más mensualidades a
propuesta de la Junta de Gobierno.
- La cuota inicial para hijos de
Asociados, en los casos en que se produzca la jubilación o fallecimiento
de estos, será del 50% de la fijada anteriormente por la Asamblea General.
- Los ingresos obtenidos por las
publicaciones o ediciones de la Asociación;
- Los ingresos obtenidos por los
productos o servicios que la Asociación preste o facilite a sus Asociados
o a otros profesionales;
- Los ingresos obtenidos por la
participación o colaboración establecida entre la Asociación y
cualesquiera entidades públicas o privadas para la prestación de servicios
o desarrollo de productos susceptibles de explotación económica, en
cualquiera de sus formas y concretamente los de formación y compensaciones
por patrocinio que reciba la misma.
- Los ingresos por alquiler de
los bienes propiedad de la Asociación si procediera.
- Del Patrimonio de la
Asociación: El Patrimonio de la Asociación, estará integrado por:
12.1 Los
bienes y derechos que actualmente posee y los que adquiera en lo sucesivo.
12.2 Las
acciones y títulos representativos del capital de empresas públicas y privadas
y las obligaciones y títulos análogos de los que la Asociación sea titular, así
como los derechos de propiedad incorporados que tuviere.
12.3. Los
derechos reales de los que la Asociación sea titular así como aquellos de
cualquier naturaleza que se deriven del dominio que respectivamente ejerzan
sobre sus bienes patrimoniales. La titularidad del patrimonio quedará
debidamente registrada ante los organismos competentes, mediante la
correspondiente inscripción que se instará obligatoriamente por la Junta de
Gobierno.
El inventario
de los bienes y derechos propiedad de la Asociación, clasificados y valorados
económicamente, será actualizado cada año y aprobado por la Junta de Gobierno
dando conocimiento del mismo a la Asamblea General.
La Asociación en la Asamblea General Ordinaria de carácter anual mantiene informados
a sus asociados/as de los detalles económicos:
- Información presupuestaria
y contable de la Asociación
- Cuentas anuales (balance,
cuenta de resultado económico-patrimonial o cuenta de pérdidas y
ganancias, memoria y, en su caso, liquidación del Presupuesto)
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CUENTAS ANUALES: No existe obligación de información.
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INFORMES DE AUDITORIAS DE CUENTAS: No existe obligación de información.