FISCAL
- 03/04/2020 | AEAT | Nota sobre la presentación de predeclaraciones durante el estado de alarma + Leer
- 01/04/2020 | FETTAF: Cuarta reiteración ampliación de plazos + Ver documento
- 01/04/2020 | AEAT: Nuevas medidas para responder al impacto social y económico del COVID-19 (Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo) +Leer
- 01/04/2020 | AEAT: Servicio de ayuda a la cumplimentación del modelo 303 “básico” para autónomos + Leer
- 01/04/2020 | El Gobierno permite el aplazamiento de los préstamos concedidos por CCAA y EELL a empresarios y autónomos + Leer
- 01/04/2020 | REGISTRADORES: Instrucción de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, de 30 de marzo de 2020, sobre fijación de servicios mínimos registrales. + Leer
- 01/04/2020 | ORDEN de 31 de marzo de 2020, que modifica y complementa la Orden de 20 de marzo de 2020, por la que se disponen y aclaran los plazos en el ámbito tributario por la situación de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 + Leer
- “Artículo 1.- Modificación de la Orden de 20 de marzo de 2020, por la que se disponen y aclaran los plazos en el ámbito tributario por la situación de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.Se modifica la Orden de 20 de marzo de 2020, por la que se disponen y aclaran los plazos en el ámbito tributario por la situación de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en los siguientes términos:
- El apartado 1 del artículo 1 queda redactado del modo siguiente:
“1. Se amplía hasta el día 1 de junio de 2020 el plazo de presentación de la autoliquidación trimestral del Impuesto General Indirecto Canario correspondiente al período de liquidación del primer trimestre del año 2020. Se amplía hasta el día 27 de mayo de 2020 el plazo de presentación de la autoliquidación trimestral del Impuesto General Indirecto Canario correspondiente al período de liquidación del primer trimestre del año 2020, cuando la forma de pago sea la domiciliación bancaria” ……… “Artículo 2.- Ajustes en el cálculo de la cuota trimestral en el régimen simplificado del Impuesto General Indirecto Canario.
- En la determinación de la cuota trimestral relativa al régimen simplificado del Impuesto General Indirecto Canario correspondiente al primer trimestre del año 2020, se aplicarán las siguientes reglas:
- a) La cuota trimestral se calculará aplicando las reglas previstas en las Instrucciones para la aplicación de los índices y módulos en el Impuesto General Indirecto Canario (Otras Actividades) contenidas en el Anexo II de la Orden de 23 de diciembre de 2019, por la que se fijan los índices, módulos y demás parámetros del régimen simplificado del Impuesto General Indirecto Canario para el año 2020.
- b) Se considerará que ha sido un trimestre natural incompleto estimando que el número de días de ejercicio de actividad se ha reducido desde la vigencia del estado de alarma, diferenciando dos situaciones:
– Si la actividad se ha iniciado antes del día 1 de enero de 2020 y no ha cesado en este período de liquidación trimestral, o ha cesado durante la vigencia del estado de alarma, se computarán 73 días. – Si la actividad se ha iniciado durante el primer trimestre de este año y no ha cesado en este período de liquidación, se computará el número de días transcurridos desde el inicio hasta el día 14 de marzo de 2020. Lo establecido en este apartado no resulta aplicable cuando la actividad haya cesado con anterioridad al día 14 de marzo de 2020. A estos efectos, la imposibilidad de desarrollar la actividad empresarial o profesional como consecuencia de las medidas de suspensión previstas en el artículo 10 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, no supone el cese en la actividad empresarial o profesional.” + Leer
- 01/04/2020 | ICAC: Nota Informativa sobre el pago de la Tasa Modelo 791 para el Primer Trimestre de 2020 + Leer
- 01/04/2020 | FAQ- Situación de los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles ante el estado de alarma por el Covid-19 + Leer
- 31/03/2020 | AEAT: Procedimiento excepcional para la obtención de NIF por entidades de forma no presencial durante el estado de alarma + Leer
- 31/03/2020 | NOTAS SIMPLES DE ÍNDICES ESTADO DE ALARMA: si necesitara nota del servicio de índices al amparo de lo establecido por el artículo 11 1. D) i del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, para acreditar su situación de vulnerabilidad económica puede solicitarla por correo electrónico al Registro de la Propiedad donde tenga inscrita su vivienda habitual o, en su caso, a cualquiera de los Registros de la ciudad donde tenga su residencia habitual incorporando necesariamente fotocopia del DNI de la persona sobre la que se deba expedir la información o, en su caso, de todos los miembros de la unidad familiar Listado correos electrónicos Registros Propiedad
- 30/03/2020 | AEAT: Procedimiento excepcional para la obtención de NIF por entidades de forma no presencial durante el estado de alarma + Leer
- 30/03/2020 | Resumen principales efectos contables, mercantiles ante el Covid-19 / Blog Gregorio Labatut + Leer
- 30/03/2020 | Efectos de la crisis del Covid-19 en la contabilidad / Blog Gregorio Labatut + Leer
- 30/03/2020 | Análisis y Comentarios de los RD-Ley 9/2020 y 10/2020 / FETTAF | + Análisis RD-Ley 9/2020 | + Comentarios RD-Ley 10/2020 – VER FE DE ERRATA (31/03/2020)
- 30/03/2020 | Boletín Oficial de la Provincia (BOP), relativo a la modificación del calendario del contribuyente para el ejercicio 2020, en virtud del cual, se plantea el aplazamiento del pago de impuestos y la suspensión del pago de determinadas tasas en el municipio de San Bartolomé de Tirajana + Leer
LEGISLACIÓN
- 01/04/2020 | Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19. + Leer
LABORAL
- 02/04/2020 | Instrucción 2/2020 sobre Actuaciones Inspectoras Urgentes para la Comprobación del Cumplimiento del Real Decreto Ley 10/2020, de 29 de Marzo por el que se Regula un Permiso Retribuido Recuperable para las Personas Trabajadoras por Cuenta Ajena que No Presten Servicios Esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el Covid 19 + Leer
- 02/04/2020 | Criterio de la Dirección General de Trabajo relativo a las medidas a aplicar durante el periodo de interrupción de actividades:
I.- CRITERIO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO, DE FECHA 31 DE MARZO DE 2020, RELATIVO A LAS MEDIDAS A APLICAR DURANTE EL PERIODO DE INTERRUPCIÓN DE ACTIVIDADES DEL 30 DE MARZO AL 9 DE ABRIL.
En este sentido, CEOE nos envía el siguiente resumen: “Conforme se desprende de dicho criterio, las empresas obligadas a interrumpir su actividad o parar su producción al mínimo indispensable entre el 30 de marzo y el 9 de abril, como consecuencia del RDL 10/2020 podrán adoptar o seguir adoptando cualesquiera medidas que garanticen la reducción de la movilidad de los trabajadores, en concreto:
1. ERTE POR CAUSA DE FUERZA MAYOR:
Si durante este periodo temporal la paralización e interrupción de actividades se produjera como consecuencia de la aplicación del RDL 10/2020, pueden entenderse provenientes de fuerza mayor temporal, limitada su duración hasta el 9 de abril de 2020.
Las medidas de suspensión ya autorizadas seguirán aplicándose en la medida en que aseguren la restricción de movilidad a toda la plantilla. Se entienden por causa de fuerza mayor las fundadas de manera directa en pérdidas de actividad como consecuencia del COVID-19 (declaración de estado de alarma, suspensión o cancelación de actividades, cierre de locales, restricciones del transporte, falta de suministros que impidan el desarrollo ordinario de la actividad, situaciones extraordinarias y urgentes por contagio de la plantilla, aislamiento preventivo decretado por la autoridad sanitaria).
2. ERTE POR CAUSAS TÉCNICAS, ORGANIZATIVAS, PRODUCTIVAS O ECONÓMICAS limitadas al estado de alarma y sus prórrogas:
Si la actividad ya se ha suspendido se entiende que responde a la finalidad de confinamiento durante el período del 30 de marzo al 9 de abril y la suspensión sigue operativa.
Si no se están aplicando ya de manera efectiva su aplicación queda condicionada a que satisfagan la finalidad de reducir la movilidad.
REDUCCIÓN DE JORNADA POR LAS CAUSAS ANTERIORES siempre que se combine con alguna de las medidas de suspensión del contrato, teletrabajo y permiso retribuido recuperable.
SUSPENSIÓN POR OTRAS CAUSAS LEGALES PREVISTAS EN EL 45.1 DEL ET (mutuo acuerdo, consignadas en el contrato, IT, nacimiento, y cualesquiera otras causas de suspensión de la relación laboral que garanticen el objetivo de la limitación de la movilidad).
TELETRABAJO U OTRAS MEDIDAS DE FLEXIBILIDAD INTERNA O DISTRIBUCIÓN IRREGULAR DE JORNADA. Cuando ya se estén aplicando ERTEs de suspensión de contratos que no afectan a toda la plantilla o de reducción de jornada, respecto del resto de la plantilla o de la parte de jornada no afectada por el ERTE deben aplicarse otras medidas de suspensión, el permiso recuperable o el teletrabajo.”
II.- Asimismo, se aporta un RESUMEN DE MEDIDAS LABORALES DEL REAL DECRETO-LEY 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19 que también se adjunta.
+ Criterio DGT sobre expedientes laborales + Ampliación Criterio interpretativo DGT sobre ERTE de fuerza mayor
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- 02/04/2020 | Noticias Jurídicas /Análisis-resumen del Real Decreto-ley 11/2020, de medidas urgentes en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19 + Leer
1. Apoyo a trabajadores , consumidores, familias y colectivos vulnerables
1. Moratoria de alquileres
2.Extensión de la moratoria hipotecaria
3. Apoyo en suministros básicos
4. Subsidios para empleadas del hogar y trabajadores con contrato temporal
5. Rescate de planes de pensiones y medidas de protección de los consumidores
6. Medidas de apoyo a autónomos y empresas
7. Flexibilización de diversas actividades y procesos de la Administración
8. Otras medidas
- 01/04/2020 | Circular FEHT: Medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al Covid-19 + Leer
- 01/04/2020 | Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19 + Leer
- 01/04/2020 | Ministerio de Trabajo y Economía Social: ¿Cómo solicitar la prestación en nombre de los trabajadores? + Leer
- 31/03/2020 | FETTAF: Fe de erratas Análisis del RDL 9/2020. Interpretación errónea de su Disposición final primera + Leer
- 31/03/2020 | ATA: Circular informativa de 30 de marzo sobre trámites con la Seguridad Social, Real Decreto-ley 9/2020 y permiso retribuido recuperable + Leer
- 31/03/2020 | Ministerio de Trabajo y Economía Social: Ampliación criterio interpretativo DGT sobre ERTE de fuerza mayor + Leer
- 30/03/2020 | Modelo de certificación que habilita para la prestación de los servicios profesionales excepcionales dispuestos en la orden SND/257/2020, de 19 de marzo + Leer
- 30/03/2020 | Últimas novedades sobre los ERTES / Supercontable.com + Leer
OTROS
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NOTICIAS DE PRENSA
- 02/04/2020 Claves para autónomos y empresas: así serán las cotizaciones a la Seguridad Social los próximos meses + Leer
- 01/04/2020 – Autonomosyemprendedores.es | El Gobierno ayuda a los autónomos en los suministros pero olvida los alquileres. “Podrán Aplazar Hipotecas pero No Arrendamientos” + Leer
- 01/04/2020 | Los Inspectores: “Hacienda debe ampliar plazos en la renta, casos como la España vacía exigen flexibilidad” + Leer
- 31/03/2020 | ElEconomista | El Gobierno decide que la la moratoria de las cotizaciones de autónomos y pymes tendrá carácter retroactivo desde el 14 marzo….. + Leer
- 30/03/2020 | LaSer | Este es el certificado que tiene que firmar tu empresa si tienes que seguir yendo a trabajar – Lo ha publicado el Gobierno en una edición extraordinaria del BOE + Leer
- 30/03/2020 | –¿Se puede pedir cita previa este año para hacer la declaración de la Renta de forma presencial? La Agencia Tributaria mantiene el inicio de la atención en sus delegaciones a partir del 13 de mayo a pesar del actual estado de alarma + Leer
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